20 de diciembre de 2007

Recordando la Ley de Culto en Chile.

Señor Presidente del Senado de la República
D. Andrés Zaldívar Larraín
Presente

Honorable Señor Senador:

La Iglesia Evangélica Chilena, representada por el Comité de Organizaciones Evangélicas, ha hecho durante los últimos seis años un enorme esfuerzo por lograr un perfeccionamiento de la institucionalidad vigente en el campo de las libertades públicas, con un particular énfasis en la igualdad ante la ley en relación con la libertad de cultos, garantizados por la Constitución Política en su articulo 19 nº 2 y nº 6.

Por este motivo, hemos sido los impulsores del proyecto de ley que sobre Constitución y Funcionamiento de las Organizaciones Religiosas, conoce hoy el Senado de la República, el que se encuentra pendiente de aprobación en particular por la Corporación, la que ya cuenta con el segundo informe reglamentario de la Comisión Especial creada al efecto, y con el informe favorable de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento solicitado por la Sala, a fin de que esta última se pronunciara acerca de la constitucionalidad del mismo.

Con el objeto de aclarar posibles omisiones en la génesis y secuencia de la tramitación de este proyecto estimamos de la mayor importancia precisar los grandes hitos que marcan su desarrollo.

El proyecto original enviado por el Gobierno no satisfizo a las organizaciones religiosas existentes, por estimarse que no aseguraba claramente las garantías constitucionales antes nombradas, en una sesión de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, en 1995. En dicha sesión, la Iglesia Católica Romana, sostuvo e hizo un planteamiento formal de que debía desarrollarse una ley marco que regulara a todas las Iglesias, Confesiones y Entidades Religiosas, el que fue apoyado por los demás credos asistentes a la reunión.

Es así como para mejorarlo, a través de la indicación sustitutiva se perfeccionó su contenido. Esto fue realizado por varios Honorables Diputados, siendo aprobado el proyecto así perfeccionado por unanimidad en general y en particular por la Cámara de Diputados, precisamente con el carácter de ley marco.

En el Senado, la Comisión Especial emitió su primer informe, y con éste el proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de la Sala del Senado en 1997. Luego de vencido el periodo reglamentario para presentar indicaciones, la Comisión Especial en un notable trabajo de gran acuciosidad terminó su segundo informe reglamentario y fue presentado en la sala. Digno es de destacarse que de la totalidad de los artículos aprobados por la Comisión, el Art. 6º, que ha sido hasta la fecha fuente de diferencias de apreciación con la Iglesia Católica Romana, fue concordado por el abogado asesor de la Iglesia Católica Romana, don Jorge Enrique Precht Pizarro, y nuestro abogado asesor, don Juan Alberto Rabah Cahbar, quienes de común acuerdo redactaron su texto que señala:

"El Estado reconoce el ordenamiento, la personalidad jurídica y la plena capacidad de goce y ejercicio de las Iglesias, Confesiones e Instituciones Religiosas que los tengan a la fecha de publicación de esta ley, entidades que mantendrán el régimen jurídico adquirido con anterioridad a ella."

Este texto fue aprobado por la unanimidad de la Comisión Especial. La Iglesia Evangélica ha sostenido categóricamente desde ese momento que tanto el texto como el proyecto satisface sus aspiraciones de igualdad y libertad, y tiene la íntima convicción de que es un gran aporte en orden a perfeccionar las libertades públicas garantizadas por la Constitución.

Al enviarse el proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, a fin de que ésta se pronunciara sobre la constitucionalidad del mismo, surgieron por parte de la Iglesia Católica Romana objeciones al Art. 6º, el que se estimaba ambiguo y que afectaba su ordenamiento interno. La Comisión mencionada, excediendo en nuestra opinión claramente los términos de su mandato, no obstante que declara que el proyecto en su totalidad y particularmente el Art. 6º es constitucional, sugiere una nueva redacción. Este texto señala:

"El Estado reconoce el ordenamiento la personalidad jurídica de derecho público y la plena capacidad de goce y ejercicio de las Iglesias, Confesiones e Instituciones Religiosas que los tengan a la fecha de publicación de esta ley, entidades que mantendrán el régimen jurídico que les es propio."

La norma propuesta ha sido rechazada por la Iglesia Evangélica porque introduce un elemento de discriminación claro al reconocer sólo a las Iglesias que a la fecha tengan personalidad jurídica de derecho público, y porque se hace referencia a un régimen jurídico propio el que se interpreta como privativo, lo que conduce a que por esta vía se consagre la desigualdad alterando con ello profundamente el sentido y el espíritu de la ley como ha sido aprobada hasta ahora.

Nuestra posición la hemos sostenido y reiterado durante todo este año y no obstante eso, en una muestra de flexibilidad de parte nuestra hemos propuesto un texto que manteniendo lo sugerido por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, introduce una salvaguardia que asegure la igualdad. Este texto es el siguiente:

"Sin que ello signifique privilegio alguno o sea causa de trato desigual entre ellas, el Estado reconoce el ordenamiento, la personalidad jurídica y la plena capacidad de goce y ejercicio de las Iglesias, Confesiones e Instituciones Religiosas que los tengan a la fecha de publicación de esta ley, entidades que mantendrán el régimen jurídico que les es propio."

Este texto fue entregado a Usted Señor Presidente, para que fuera considerado por todos los que han participado en este proyecto y particularmente la Iglesia Católica Romana. Por su medio tuvimos conocimiento del rechazo por parte de ella al texto propuesto, y entonces surge la posibilidad de que conversen directamente el Arzobispo de Santiago, Monseñor Francisco Javier Errázuriz, con el Obispo Don Francisco Anabalón Duarte a fin de intercambiar opiniones al respecto.

Luego de tres reuniones privadas, el Lunes 7 del actual, Usted nos invitó a una reunión en la sede del Senado en Santiago, en la que participaron los Obispos antes nombrados y sus abogados, presidida por Su Señoría. En dicha reunión el Arzobispo Errázuriz, hizo entrega de un nuevo texto alternativo y nos pidió que lo consideráramos. Ante ello y luego de un claro intercambio de opiniones y al momento de pedírsele al Obispo Anabalón, que se firmara este texto sujeto a la ratificación de las instancias pertinentes, él señaló expresamente que sólo se obligaba a llevar el texto al seno del Comité de Organizaciones Evangélicas para ser considerado y discutido.

Nunca ha existido un acuerdo de aprobación del texto prepuesto, y mucho menos ha existido un "texto de consenso", como se ha señalado públicamente, no sabemos con que propósitos o intenciones; puesto que a Usted y a todos los presentes en la reunión les consta fehacientemente que el texto en cuestión lo traía por escrito y en varios ejemplares el Obispo Errázuriz, y que nosotros recién conocimos en ese momento. El texto propuesto señala: "El Estado reconoce el ordenamiento, la personalidad jurídica, ya sea ésta de derecho público o de derecho privado, y la plena capacidad de goce y ejercicio de las Iglesias, Confesiones e Instituciones Religiosas que los tengan a la fecha de publicación de esta ley, entidades que mantendrán el régimen jurídico que les es propio."

Conociendo de la nueva propuesta, con fecha 10 del actual, el Comité de Organizaciones Evangélicas, acordó aprobar el texto propuesto con una frase final de salvaguardia, el que quedó como sigue:

"El Estado reconoce el ordenamiento, la personalidad jurídica, ya sea ésta de derecho público o de derecho privado, y la plena capacidad de goce y ejercicio de las Iglesias, Confesiones e Instituciones Religiosas que los tengan a la fecha de publicación de esta ley, entidades que mantendrán el régimen jurídico que les es propio, el que no prevalecerá sobre el derecho común."

Nuevamente, y a través suyo, hemos tomado conocimiento del rechazo de la Iglesia Católica Romana a la aceptación por nuestra parte del texto propuesto con la frase señalada, por lo que cabe concluir necesariamente, que en estas circunstancias, sólo cabe esperar el pronunciamiento de la Sala del Senado acerca del proyecto, sosteniendo este Comité de Organizaciones Evangélicas, lo que siempre ha mantenido en forma reiterada y constante: El proyecto como ha sido aprobado por la Comisión Especial, y que fue declarado íntegramente constitucional por la Comisión correspondiente, asegura las garantías constitucionales de igualdad y libertad de conciencia y cultos, y esperamos que éste sea aprobado a la brevedad posible por la Corporación que Usted tan acertadamente dirige.

Agradecemos su interés y dedicación en el avance que ha tenido el proyecto. Saludamos atentamente a Usted y nos suscribimos como sus servidores en Cristo;

[FIRMAN]
Obispo Francisco Anabalón Duarte - Moderador Comité de Organizaciones EvangéIicas
Pastora Juana Albornoz - Secretaria
Pastor Manuel Covarrubias - Coordinación Evangélica
Obispo Hermes Canales - Consejo de Pastores
Pastor David Orta - C.I.E.F.
Pastor Emiliano Bravo - Concilio Evangélico
Pastor Luis Verdugo - Consejo de Pastores Área Norte
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